La UIF actualiza reglas para los Registros de la Propiedad

Por Cra. Dayana Rivarola

 

La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció un nuevo marco de prevención para los Registros de la Propiedad Inmueble de todo el país. A través de la Resolución 93/26, reemplazó el esquema vigente desde 2011 y dispuso que los controles deberán adecuarse al nivel de riesgo de las operaciones.

La medida busca adaptar la regulación argentina a los estándares internacionales promovidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). El nuevo esquema alcanza a los trámites relacionados con derechos reales sobre inmuebles, embargos, inhibiciones y otras medidas registrales.

Entre las operaciones que deben informarse mensualmente a la UIF se encuentran: la compraventa de inmuebles por montos mayores a 750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), las donaciones, sin límite de monto, y las operaciones sobre derechos reales originadas en actos otorgados en el extranjero.

La información deberá enviarse en formato digital hasta el día 15 de cada mes, por las operaciones correspondientes al mes anterior. La resolución modifica el esquema anterior: se elimina el reporte específico de usufructos vitalicios y se incorporan las donaciones y los actos otorgados en el exterior .

Nuevas herramientas

Los registros deberán implementar herramientas tecnológicas que permitan consolidar las operaciones y analizar diferentes variables para identificar operaciones sospechosas. Entre las señales de alerta se encuentran las inscripciones sucesivas sobre un mismo inmueble dentro de un año cuando la diferencia entre el precio de la primera y la última operación supere el 30%.

También deberán observarse la multiplicidad de DNI, CUIT o CUIL en cabeza de una misma persona y la coincidencia de esos mismos datos en cabeza de personas distintas. Estas situaciones no implican por sí mismas una operación ilícita, pero deberán ser analizadas para determinar si corresponde adoptar medidas adicionales o realizar un reporte.

El régimen distingue entre operaciones inusuales y operaciones sospechosas. Una operación inusual es aquella que, por su monto, frecuencia, complejidad, naturaleza u otras características, se aparta del perfil registral del cliente o carece de una justificación económica o jurídica suficiente. Estas operaciones deben ser analizadas y documentadas. Si del análisis surgen elementos que permiten considerarla sospechosa, deberá realizarse el correspondiente reporte a la UIF.

La documentación respaldatoria de las operaciones, los registros de operaciones inusuales y los soportes informáticos deberán conservarse durante 10 años.

 

Más controles, menos burocracia

El nuevo esquema refuerza el análisis de las operaciones, pero elimina una exigencia formal: los Registros de la Propiedad ya no deberán presentar la declaración jurada sobre el cumplimiento de las normas de prevención. La UIF consideró que esa información puede verificarse mediante fuentes y registros oficiales, evitando así una duplicación de trámites.

 

Cambio de enfoque

Con la Resolución 93/26 se pasa de un esquema basado en exigencias generales a otro que concentra los controles en función del riesgo. Para los Registros de la Propiedad implica fortalecer el análisis de las operaciones, incorporar tecnología y establecer procedimientos para detectar comportamientos que requieran revisión.


La reforma combina así mayores exigencias de análisis y monitoreo con la eliminación de algunas cargas formales, en un intento por fortalecer la prevención del lavado de activos.

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