Por Cr. Agustín Alvite

 

El RIGI introduce un esquema normativo pensado para brindar previsibilidad y orden en el diseño de políticas de incentivo a la inversión. El Poder Ejecutivo provincial reglamentó la Ley 3.502 “Invierta en Neuquén” mediante el Decreto 97/2026, dotando de contenido operativo a un régimen que ofrece beneficios tributarios significativos y un entorno de mayor seguridad jurídica para los contribuyentes que decidan invertir en la provincia.

El objetivo central es garantizar que la carga tributaria provincial total no se incremente durante un período de diez años desde la presentación del proyecto, protegiendo además frente a la creación de nuevos impuestos o cambios en la base imponible que aumenten la presión fiscal efectiva.


El desarrollo económico sostenible requiere reglas claras, estabilidad y compromiso a largo plazo.”

Beneficios por Tributo

El esquema de exenciones debe ser analizado individualmente para determinar su impacto:

  • Ingresos Brutos (IIBB): El beneficio aplica exclusivamente a los ingresos derivados de la actividad promovida. El porcentaje de exención (que puede llegar al 100%) se mantendrá vigente mientras el beneficiario cumpla con el cronograma de inversiones y se mantenga la planta de empleados locales.
  • Sellos: Un beneficio de impacto inmediato en la etapa de inversión. Quedan exentos los instrumentos relacionados con la constitución de garantías, contratos de obra y servicios necesarios para la puesta en marcha. Es vital que los contratos se celebren con posterioridad a la solicitud de adhesión para ser aplicable.
  • Inmobiliario: Se otorga una exención de hasta el 100% por 10 años para nuevos edificios o plantas. Para inmuebles ya existentes donde se incorporen nuevos procesos, el beneficio tiene un tope, ya que podrá ir hasta el 50% de exención por 10 años.

Además, el régimen ofrece acceso a tierras públicas provinciales a precios promocionales (entre el valor fiscal y el de mercado) y líneas de financiamiento a tasa subsidiada a través del Bancos públicos y privados y el Fondo Permanente de Promoción al Desarrollo Neuquino.

Adhesión y Selección

Un aspecto técnico crucial es la Matriz de Evaluación de Proyectos. Se evaluarán los proyectos bajo una matriz polinómica que asignará puntajes del 1 al 5 en siete ejes fundamentales: territorialidad (20%), empleo (20%), nuevas actividades (15%), sustentabilidad (15%), innovación (10%), inclusión (10%) y capacidad exportadora (10%).

Para facilitar la relación con el inversor, se ha creado una Ventanilla Única Digital. A través de esta plataforma, los interesados deberán presentar su plan de inversión, cronograma de ejecución y estimación de puestos de trabajo.

Un aspecto destacado para los pequeños inversores es el Régimen Simplificado, aplicable a proyectos con inversiones de entre 500.000 y 1.000.000 de dólares, lo que agiliza notablemente los tiempos de aprobación.

Los beneficiarios deben comprometerse a contratar al menos un 70% de mano de obra local. Asimismo, deben mantener una situación regular en sus obligaciones fiscales y de seguridad social. El incumplimiento de los compromisos asumidos puede derivar en la pérdida de los beneficios, multas y la obligación de devolver los importes eximidos con intereses.

En un escenario de feroz competencia por atraer capitales, Neuquén apuesta a consolidar un marco claro y estable que incentive inversiones orientadas no solo a la rentabilidad, sino también al desarrollo integral del territorio.

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