ARCA elimina la limitación de la CUIT por falta de respuesta a controles electrónicos

Por Malen Flores

 

La reciente Resolución General 5832/2026 elimina la limitación de la CUIT por falta de respuesta a controles electrónicos, corrigiendo un esquema que podía paralizar la operatoria comercial ante incumplimientos formales. Este avance se enmarca en una política que busca simplificar procesos y fortalecer el cumplimiento voluntario.

El objetivo de la administración tributaria no es asfixiar al contribuyente, sino garantizar el cumplimiento con herramientas proporcionales y eficientes.”

Hasta ahora, la falta de respuesta a requerimientos electrónicos podía derivar en el bloqueo de la CUIT, impidiendo facturar y operar normalmente. Esta situación generaba un “doble castigo”, ya que coexistía con otras sanciones previstas por la normativa. La nueva disposición elimina esta superposición, alineando el sistema con mecanismos más razonables como multas formales y determinaciones de oficio.

La eliminación de la limitación de la CUIT no equivale a la eliminación de la obligación de responder al fisco. ARCA ha dejado en claro que la falta de respuesta a requerimientos y fiscalizaciones electrónicas ahora se trasladará a otras esferas de control:

  • Impacto en el SIPER:

La omisión será un factor determinante para bajar la calificación en el Sistema de Perfil de Riesgo, lo que puede encarecer planes de facilidades de pago o dificultar la obtención de certificados de exclusión.

  • Multas Formales:

Siguen plenamente vigentes las sanciones económicas por incumplimiento a los deberes formales.

  • Presunción de Veracidad y Determinación de Oficio:

El silencio del contribuyente faculta al organismo a avanzar con sus propios parámetros, lo que suele derivar en determinaciones de deuda mucho más onerosas.

Además, es fundamental recordar que la CUIT aún puede ser limitada por otros motivos que no fueron alcanzados por esta reforma, tales como la falta de constitución de Domicilio Fiscal Electrónico, inconsistencias graves en dicho domicilio, o la falta de presentación de declaraciones juradas.

Este cambio mejora la operatividad del contribuyente y reduce riesgos innecesarios, pero refuerza la importancia de mantener actualizados los datos fiscales y responder a tiempo los requerimientos. La medida representa un paso hacia un sistema más equilibrado, donde la eficiencia recaudatoria convive con una menor carga burocrática.

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